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Salud Activa frente a la problemática del adolescente en situación de vulnerabilidad socio penal
Programa “Aprender a volar”
- Contexto Jurídico en el Territorio de la Pcia de Buenos Aires:
A partir de la reglamentación de la ley 13. 298 del sistema de Promoción y Protección Integral de los Derechos del Niño, surge en consonancia una adecuación de los sistemas jurídicos de niños y jóvenes en nuestro país, hacia la Convención de los Derechos del Niño.
Ello significa que todas las leyes deban encuadrarse dentro de los principios fundamentales de la Convención y Tratados Internacionales Complementarios, es decir:
• Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la administración de la justicia de los menores (Reglas de Beijing).
• Reglas de las Naciones Unidas para la protección de los menores privados de la libertad.
• Directrices de Naciones Unidas para la prevención de la delincuencia juvenil (Directrices de RIAD).
Estas Reglas Básicas, sumadas a la Convención de los Derechos del Niño, Ley 23.849, de rango Constitucional por haber sido incorporada a la Constitución Nacional, en su artículo 75 en 1.994, conforman el paradigma de la Protección Integral.
De conformidad a los principios de este paradigma, el niño es considerado un SUJETO PLENO DE DERECHOS, y esto significa que toda política publica este orientada a la Protección Efectiva de tales Derechos.
La diferencia básica y fundamental con el sistema de Patronato, vigente en nuestro encuadre jurídico hasta mediados del año 2007, radica en que en este último el niño era considerado objeto de protección y la ley alcanzaba a aquellas personas o niños “en Situación Irregular”, es decir, en “Estado de Abandono o en Situación de Riesgo o Peligro Moral y/o Material”. Bajo este encuadre se accionaba judicialmente institucionalizando a los niños como respuesta posible del Estado ante situaciones de pobreza o abandono. En referencia a los jóvenes infractores el sistema de enjuiciamiento comenzaba y culminaba en la Figura del Juez de Menores y el Asesor de Menores, quienes a la vez imputaban y defendían de acuerdo a lo hechos.
En virtud del encuadre jurídico referido al Sistema de Protección y Promoción de Derechos, en relación a los jóvenes en situación de vulnerabilidad socio penal se sanciona la Ley 13.634 en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, que se reglamenta el funcionamiento del Fuero de Familia y el Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil. Al igual que en la ley 13.298 sus principios se sustentan y adecuan a los expresados en la Convención de los Derechos del Niño. En tal sentido, y a diferencia del sistema de Patronato, en la Ley 13.634 se incorpora las figuras del Fiscal y el Defensor del Niño como asimismo el Juez de Responsabilidad Penal y el Juez de Garantías, constituyéndose el denominado “Debido Proceso Penal” con garantías constitucionales.
La Ley 13.634 posee en sus postulados la implementación de medidas judiciales a los jóvenes infractores basadas en las denominadas Reglas de Beijing, es decir que las medidas que se tomen sean proporcionales al delito cometido como asimismo a las características de cada sujeto, adecuándolas a sus condiciones personales y sociales buscando como uno de los objetivos el fomentar conductas responsables pero a partir de sus condiciones personales, lo cual requiere todo un trabajo previo en el ámbito de la Familia y la Comunidad toda, como ejes centrales de la aplicabilidad de la medida.
Salud Activa es una Institución ligada desde sus inicios a la atención de personas con diversas problemáticas psicosociales. Desde sus comienzos el trabajo estuvo focalizado en la atención individual, recepcionando pacientes derivados de otros organismos de la Comunidad tales como: Escuelas, Poder Judicial, Unidades Sanitarias, Organizaciones Comunitarias, etc., llegando a ser una Institución de referencia en la zona por el alcance de su trabajo y el logro de objetivos.
En este contexto, dentro de la Institución se atienden en un gran número de jóvenes en situación de vulnerabilidad y en muchos casos de vulnerabilidad socio penal, recibiendo pacientes judicializados.
A raíz de este trabajo Salud Activa comienza a articular con otras instituciones de la zona, comenzando a formar parte de la Red de Familia del Oeste, junto con otras instituciones que atendían la problemática familiar y social en su conjunto (Tribunales de Menores, Tribunales de Familia, Escuelas, Defensorías, Municipio, ONG`S, etc.), desarrollando paulatina pero progresivamente un férreo compromiso hacia las necesidades sociales y la búsqueda de respuestas integrales a tales fenómenos sociales.
A partir de la experiencia surge la necesidad de pensar en la atención específica de adolescentes en conflicto con la ley, abarcando el área de trabajo alternativo, en ese entonces (año 2003/ como posible respuesta al problema social especifico, y como complemento a las psicoterapias individuales, fundamentando la intervención en prácticas adecuadas a la Convención de los Derechos del Niño y Tratados Internacionales, lográndose de esta forma una actitud Pro Activa de la comunidad en la resolución de conflictos y/o problemas que nacen en la misma comunidad.
Se pensó en la posibilidad de nuclear a los jóvenes en situación de vulnerabilidad socio penal dentro del programa, promoviéndose su participación y la de sus familias en los distintos talleres, persiguiendo objetivos tales como la Prevención en general y una adecuada inserción social a partir de Re – pensar y Pensarse a sí mismos, trabajándose en la Promoción de valores sociales y la restitución de los derechos vulnerados.
El Proyecto tiene sus inicios en el año 2003, denominado “Aprender a Volar” y continúa en la actualidad con el nombre de “Construyendo”, habiendo participado del mismo, un número no inferior a 90 jóvenes, derivados desde los Tribunales de Menores y en la actualidad de Centro de Referencia Penal.
En la actualidad, y dado el contexto socio jurídico que se impone con la Reglamentación de la Ley 13.634 en el territorio de la Provincia de Buenos Aires, surge la necesidad de adecuar objetivos de trabajo e implementación de metas, aunque basados en la misma filosofía de trabajo que motivó la creación del programa, que cabe destacarse se originó en un contexto social y jurídico desfavorables a las practicas sustentadas en la Convención de los Derechos del Niño, dada la Vigencia, entonces de la denominada Ley de Patronato.
En concordancia con la Ley hemos implementado dos programas destinados a los/as adolescentes, “Aprender a volar” para niños/as desde los 12 a los 15, considerados inimputables de acuerdo a la legislación vigente y“Construyendo” para adolescentes de 16 a 18 años, en concordancia con los Artículos 74, 77, 78, 79 de la Ley 13.634.
Ambos programas articulan con el “Programa Asistir”, en el que se implementó un subprograma denominado “Centro para todos” que garantiza la asistencia psicológica a los/las adolescentes y sus familias. La articulación intrainstitucional es la base de los resultados exitosos que hemos venido obteniendo a lo largo de estos años y que sin duda seguirá permitiendo que muchos y muchas adolescentes tengan una mejor oportunidad de vida.
- Población eneficiaria:
Niños y Jóvenes de 12 a 15 años de edad, infractores a la Ley Penal, derivados por autoridad competente. Ley 13.634 y 13.298.
- Objetivos Generales:
1. Ofrecer a niños y/o jóvenes de 12 a 15 años de edad, infractores a la ley penal, y sus familias o referentes, un espacio de trabajo y reflexión, donde puedan identificar y abordarse aspectos individuales, familiares y sociales, relacionados a la conducta trasgresora.2. propiciar un abordaje integrado entre el joven y su familia que posibilite reflexionar sobre la responsabilidad del sujeto frente a la conducta transgresora.3. Generar junto al niño y/o jóvenes y sus familias o referentes, un proyecto a corto plazo, en función de sus intereses, ya sea en el área educativa, laboral o terapéutica, o que interactúen entre sí, tendientes a establecer un vínculo armonioso con la familia y la comunidad.
- Objetivos Específicos:1. Generar un espacio de intercambio grupal entre niños y/o jóvenes a fin de reflexionar sobre aspectos referidos a:
- Dinámica y estructura familiar.
- Tipo de roles que desarrolla dentro de la familia.
- Cómo se relaciona con sus pares y comunidad circundante.
- que valoración hace el niño y /o joven del acto transgresor.
- Articular recursos con la comunidad en función de los intereses que se generen en el espacio de trabajo.
2. Generar un espacio de reflexión grupal para padres, familiares o referentes a efectos de abordar temas tales como:
- Roles de los integrantes de la familia
- Expectativas en relación al joven
- Dinámica Familiar: Qué lugar ocupa el joven en su contexto familiar.
- Posicionamiento de los padres frente a la conducta trasgresora.
- Dispositivo del Programa:
El programa funcionará con dos grupos paralelos una vez a la semana cada uno. Se formará un grupo de niños o jóvenes de hasta 15 integrantes y un grupo de padres o familiares referentes.
El programa contempla un espacio de integración de ambos grupos una vez al mes.
Articular mensualmente con actividad de taller temático respecto de temas como salud, adicciones, escolaridad etc;
- Duración:
El tiempo de participación de cada joven se estipulará de acuerdo al alcance de objetivos, no siendo inferior a los 6 meses y superior al año. Esto queda sujeto a la renovación individual del contrato, previamente establecido con el joven y su familia.